Informes Salariales

Comparativa salarial por IPC

En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber JULIO 2022” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:

  1. Entre el 1 de marzo de 2016 (haber de febrero) y el 1 de AGOSTO de 2022 (haber de JULIO). Se calculó la apreciación del poder adquisitivo del peso de los meses anteriores al primero de AGOSTO 2022 en relación al valor del peso en esa fecha, tomando como base el IPC.
  2. Entre el 1 de AGOSTO de 2022 (haber de JULIO) y el 1 de ENERO de 2023 (haber de DICIEMBRE). Se calculó la depreciación del poder adquisitivo del peso de los meses posteriores al primero de AGOSTO 2022 en relación al valor del peso en esa fecha, tomando como base el IPC proyectado por el REM del BCRA para los próximos meses.

En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber MAYO 2022” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:

  1. Entre el 1 de marzo de 2016 (haber de febrero) y el 1 de JUNIO de 2022 (haber de MAYO). Se calculó la apreciación del poder adquisitivo del peso de los meses anteriores al primero de JUNIO 2022 en relación al valor del peso en esa fecha, tomando como base el IPC.
  2. Entre el 1 de JUNIO de 2022 (haber de MAYO) y el 1 de OCTUBRE de 2022 (haber de SEPTIEMBRE). Se calculó la depreciación del poder adquisitivo del peso de los meses posteriores al primero de JUNIO 2022 en relación al valor del peso en esa fecha, tomando como base el IPC proyectado por el REM del BCRA para los próximos meses.

Comparativa salarial por IPC

En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC,  al salario actual “haber julio 2021” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:

  1. Entre el 1 de marzo de 2016 (haber de febrero) y el 1 de Agosto de 2021 (haber de JULIO). Se calculó la apreciación del poder adquisitivo del peso de los meses anteriores al primero de agosto 2021 en relación al valor del peso en esa fecha, tomando como base el IPC.
  2. Entre el 1 de agosto de 2021 (haber JULIO) y el 1 de febrero de 2022 (haber enero). Se calculó la depreciación del poder adquisitivo del peso de los meses posteriores al primero de agosto 2021 en relación al valor del peso en esa fecha, tomando como base el IPC proyectado para los próximos meses.

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