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Resolución Consejo Directivo 19/12/2018

VISTO: Las diversas formas de violencia a que sistemática y crecientemente se ven sometidas las mujeres argentinas y la presentación de un proyecto de ley por parte del bloque del Movimiento Evita; y

CONSIDERANDO:

  • Que esta Federación ha sido consecuente en su lucha por erradicar toda forma de violencia hacia la mujer, tal cual lo demuestran las modificaciones propuestas y aprobadas del Convenio Colectivo de Trabajo, en ese sentido.
  • Que tanto la obligación de eliminar toda forma de discriminación contra la mujer y el establecimiento de una licencia especial con goce de haberes y sin límite de tiempo para los casos de violencia familiar, entre otras conquistas, sitúan a las trabajadoras Nodocentes entre quienes han logrado un significativo avance en los derechos que históricamente le han sido negados.
  • Que no obstante ello, resulta necesario modificar una cultura patriarcal y estereotipada respecto de la mujer, que aún persiste en nuestra sociedad.
  • Que el proyecto de ley presentado por el Movimiento Evita respecto de la capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres para quienes se desempeñen en la función pública, está orientado en ese sentido.
  • Que atento a dicho proyecto, resulta necesario una toma de postura por parte de nuestra Federación.

Leer más: Resolución Consejo Directivo 19/12/2018

Acuerdo de Modificaciones al CCT 2018

Informamos que en la reunión del Consejo Directivo de la FATUN, que se realizó el día 19 de diciembre, nos hicieron entrega del Acuerdo de Modificaciones del CCT aprobado en la Paritaria Nivel General.

Dicho acuerdo se encuentra en tramite administrativo hacia su homologación. Mientras se tramita la vigencia del mismo, elevaremos a Paritaria Local todas las mejoras y reglamentaciones acordadas para ir avanzando en su implementación en la UNMDP.

Previo a esto, realizaremos reuniones con las/os compañeras/os de las áreas involucradas en las modificatorias (Chóferes, vigilancia y serenos).

Los mantendremos informados.

Acuerdo de Modificaciones al CCT 2018

Reunión por nueva cohorte de TGU/LGU en FATUN

Este martes 18, tuvimos una reunión con el Secretario de Capacitación de FATUN Daniel Villa, para analizar la viabilidad de una nueva cohorte de TGU/LGU. Por el alto interes del sector, más de 110 preinscriptas/os, se plantearón las opciones para llevar adelante esta importante opción de formación.

Nota al Rector por cambio en el piso de 40% en la elección de representantes al consejo superior

Este martes se presentó una nota dirigida al señor Rector Alfredo Lazzeretti, solicitando que se convoque a una Asamblea Universitaria Extraordinaria cuyo orden del día tenga como único tema la reforma del artículo 121 del Estatuto de nuestra Universidad que establece como piso electoral el 40% para la elección de representantes del Cuerpo del Personal Universitario ante el Consejo Superior.

Esta nota fue presentada por mandato de asamblea general del cuerpo no-docente de la UNMdP y cuenta con el aval de la mayoría de las/os decanas/os (Arquitectura, Cs Exactas y Naturales, Cs de la Salud y Trabajo Social, Derecho, Ingeniería, Humanidades, Psicología) y consejeras/os superiores de todos los cuerpos.

Comisión Directiva de APU

Nota al Rector por modificación del Estatuto

Reglamento de uso SUM de la sede gremial de APU

Las/os afiliadas/os podrán utilizar el espacio en los términos y condiciones que se establecen en el siguiente reglamento:

Artículo 1°.- Reserva del SUM

El Salón de Usos Múltiples (SUM), podrá ser usufructuado únicamente por las/os afiliadas/os de la  Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Mar del Plata (APU).

Se permitirán solo reservas que hayan sido efectuadas mediante:

  • Nota dirigida a APU. 
  • Telefónicamente al 223-6831772 
  • Personalmente en la sede de APU
  • Mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Las reservas deberán ser realizadas con, por lo menos, 15 días hábiles de anticipación.

Las cancelaciones de las mismas deberán realizarse con al menos 1 semana de anticipación. De no ser así, la Institución Administradora podrá resolver la retención de parte del costo del mismo para el pago de los servicios de limpieza y vigilancia ya contratados.

Artículo 2°.-  Se permitirá la realización de las siguientes actividades: 

  1. Sociales , a excepción de fiestas infantiles. En caso  que, a los encuentros familiares  acudan menores, los mismos deben estar acompañados por responsable adulto. Queda prohibido el uso de peloteros /inflables en toda actividad.
  2. Culturales.
  3. Académicas.
  4. Institucionales y de camaradería.
  5. No prohibidas por normativas municipales, provinciales y nacionales.

Se encuentran excluidos de los usos permitidos aquellos contrarios a las leyes vigentes, la moral y las buenas costumbres y todos aquellos usos que no se encuadren en las finalidades expresamente permitidas en este reglamento.
Los eventos de carácter no contemplados aquí deberán ser aprobados, mediante nota previa, por la Comisión Directiva.

El cupo máximo de personas admitido para todo tipo de eventos es de 40 personas.

Articulo 3°.- Días y horarios de Uso

El SUM puede utilizarse en los siguientes horarios:

  • Viernes de 19 a 01 hs.  
  • Sábados de 10 a 16 y de 19 a 01 hs.
  • Domingo de 10 a 17 hs.
  • Lunes a Jueves de 19 a 01 hs. (Sólo para reuniones de camaradería del sector)

El retraso en el comienzo de la actividad previamente pactada por razones ajenas a la INSTITUCIÓN ADMINISTRADORA no supondrá que podrá excederse el horario concedido.

Artículo 4°.- Institución administradora 

Será institución administradora del SUM y por tanto del presente reglamento la Comisión Directiva de APU.

Artículo 5°.- Facultades y deberes de la institución administradora:

  1. Mantener el SUM a su cargo en debidas condiciones de higiene, iluminación y seguridad.
  2. Prohibir la permanencia en las instalaciones del SUM de más personas que las expresamente autorizadas.
  3. Revocar la autorización de uso a quienes infrinjan gravemente las obligaciones del presente reglamento.
  4. Aplicar las sanciones previstas en este reglamento garantizando en cada caso el debido derecho a defensa. Las sanciones serán independientes de la obligación de los daños causados.

Artículo 6 °.- Obligaciones para las/os afiliadas/os.

  1. Respetar y cumplir con puntualidad los horarios.
  2. Utilizar el SUM sólo para la finalidad requerida.
  3. Mantener el SUM en perfecto estado de conservación, especialmente respecto de los elementos, muebles e instalaciones que se encuentren en el mismo, resultando responsables por todo daño que pudieran producir.
  4. Mantener indemne a la institución administradora respecto de todo y cualquier reclamo que estos pudieran recibir de participantes y terceros con motivo de actividades bajo responsabilidad de los afiliados.
  5. Entregar el SUM con las condiciones mínimas de orden y limpieza.

6.1 Queda específicamente prohibido:

  1. Realizar actos o hechos capaces de dañar las instalaciones del SUM o a las propiedades linderas (ingresos con pirotecnia, o cualquier otro elemento o comportamiento que alteren el buen orden y la convivencia).
  2. Trasladar muebles y otros elementos del SUM a áreas no autorizadas.
  3. Por las disposiciones y prohibiciones vigentes de SADAIC, queda prohibido reproducir música que alteren la convivencia  pacífica con los vecinos linderos,
  4. Ingresar a las instalaciones bienes no autorizados (inflables, equipos de sonido, mesas, sillas, pelotas, etc).
  5. Exceder la capacidad máxima de 40 personas
  6. Utilizar las cortinas para jugar.
  7. Pegar cinta scotch (para decorar y demás) en las paredes.
  8. Exceder el horario pautado.

Artículo 7°.- Precio:

El precio de alquiler del SUM será el establecido por la Comisión Directiva de APU. El mismo contempla el servicio de limpieza correspondiente para el uso adecuado del espacio y personal de seguridad los fines de semana. 

Las actividades de tipo “C” y “D” mencionadas en el artículo 2 no tendrán costo alguno. En este caso, deberán mantener el SUM en las mismas condiciones en que fue recibido. 

Artículo 8 °.- Publicidad del reglamento.

En la cartelera del SUM quedarán visibles las normas del régimen del uso del SUM. El o la responsable del evento deberá firmar un documento donde se aclaren las normas de uso y conducta para la utilización de las instalaciones. 

Artículo 9°.- Libro de sugerencias y quejas

Los afiliados tendrán a disposición el libro de sugerencias y quejas, el cual llevará la institución administradora.

Nueva Cohorte de TGU/LGU

Estamos realizando un relevamiento sobre aquellas/os que estén interesadas/os en cursar la TGU / LGU. Desde APU consideramos de suma importancia el poder seguir capacitándonos sumando mas cohortes de compañeros/as en esta carrera.

Para ello, sería necesario saber cuántos serian los interesados y así poder evaluar la posibilidad de gestionar el inicio una nueva cohorte para el 2019.

Los invitamos a que ingresen <<aquí>> y de esta manera poder manifestar su interés de inscripción, esta encuesta estará disponible hasta el lunes al medio día.
A medida que vayamos teniendo avances sobre este tema les iremos informando.

Listado de aspirantes a pase a Medicina

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