En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber febrero 2024” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:
En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber septiembre 2023” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:
En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber agosto 2023” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:
En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber Mayo 2023” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:
En el presente informe se calculó “el equivalente salarial por IPC, al salario actual “haber Abril 2023” (suponiendo que la variación del poder adquisitivo del peso a lo largo de los meses evaluados es equivalente a la variación del IPC) de los periodos comprendidos:
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